MUNICIPALIDAD DE HUALPÉN INTERPONE DENUNCIA CRIMINAL POR POSIBLE DELITO DE INJURIAS EN CONTRA DE QUIEN UTILIZÓ EXPRESIONES Y HECHOS FALSOS, CON PUBLICIDAD Y POR ESCRITO A TRAVÉS DE REDES SOCIALES RESPECTO DE ESTADO DE CAJA DE ALIMENTOS PARA CHILE

(Hualpén, 09 de julio de 2020) La Municipalidad de Hualpén interpuso una querella criminal por la posible comisión del delito de injurias leves contemplado en el artículo 419 del Código Penal, sin perjuicio de los demás eventuales delitos que podrían resultar acreditados durante la investigación, en contra de una ciudadana de Hualpén (cuya identidad se omite por respeto su privacidad) y de todos quienes pudiesen resultar responsables como autores, cómplices o encubridores de los hechos. 

Y es que con fecha 20 de junio del año en curso, el Municipio de Hualpén a través de la Dirección de Desarrollo Comunitario en conjunto con la Seremi de Educación, en el marco de la actual Pandemia de Covid-19 que afecta a nuestro país, efectuó la entrega de cajas de alimentos a los vecinos más vulnerables de la comuna, de acuerdo a la nómina de beneficiarios determinada y enviada por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Entre dichos beneficiarios, se encontraba el padre de la denunciada, a quien le fue entregada la ayuda social.

Por motivos en investigación, la denunciada, hija del beneficiario, realizó la siguiente publicación a través de la red social, Facebook: “Ayer sábado llego una comitiva de más de 5 vehículos, seremi de educación,armada de Chile, municipalidad y todo a entregar a la casa de mis padres una caja de alimentos según ellos de primera necesidad, donde están las cosas de limpieza cloro, detergente, etc., mas encima productos vencidos, esta es la municipalidad de Hualpén, tanta parafernalia para venir a dejar productos de mala calidad, necesito que el municipio venga a retirar esto a ver si alguien de ustedes se comería estas cosas vencidas!! Gracias a Dios mis padres no lo necesitan, primero deberían hacer un verdadero catastro de las familias que de verdad necesitan y que están abandonadas adultos mayores, personas minusválidas, y de bajos recursos”. (Sic)

Al respecto, cabe señalar, en primer lugar, que la entrega de ayuda consistente en una caja de alimentos no perecibles, se enmarca dentro del Programa Alimentos para Chile, y la determinación de los beneficiarios, es realizada por el Ministerio del Interior, de acuerdo a la Calificación Socioeconómica efectuada a través de la Cartola Hogar del Registro Social de Hogares, no por el municipio.

En este caso particular, efectivamente el beneficiario mantiene una condición socioeconómica acreditada con su respectiva Cartola Hogar del Registro Social de Hogares, la que amerita la entrega de la ayuda gubernamental, motivo por el cual además, se encontraba dentro del listado de beneficiarios determinado por el Ministerio del Interior e informado vía correo electrónico al Municipio de Hualpén.

Una vez que la Autoridad Comunal tomó conocimiento de la publicación efectuada por la denunciada, inmediatamente envió a un equipo Municipal a verificar la veracidad de los dichos de tal publicación.  Es así, como con fecha 24 de junio de 2020, la propia Directora de Desarrollo Comunitario junto con el Abogado Asesor de la Seremi de Educación verificaron en terreno el estado de los alimentos entregados al beneficiario, constatando que éstos se encontraban sellados, en excelente estado, en cantidad y calidad correspondiente a la ayuda entregada por el Gobierno, y asimismo, con fecha de vencimiento posterior a 1 año contado desde su entrega. De lo señalado, se levantó un acta firmada por la citada Directora de Desarrollo Comunitario y el citado Abogado Asesor de la Seremi de Educación.

 

AGRAVANTE: LAS FALSAS EXPRESIONES VERTIDAS POR LA DENUNCIADA FUERON REALIZADAS POR ESCRITO Y CON PUBLICIDAD.

Las expresiones vertidas por la denunciada, fueron realizadas en forma escrita, a través de un medio de comunicación electrónico de uso masivo, en forma pública y sin dar razón o motivo de sus dichos, provocando una gran y rápida difusión de los comentarios y calificativos que, como se ha confirmado, son alejados de la realidad.

Estimamos que hoy en día, la masividad que tienen las redes sociales y libertad a la cual acceden todas la personas, constituye el ejercicio de la garantía constitucional de libertad de expresión, la cual sin embargo, debe ser ejercida en forma responsable y respetando el derecho y la dignidad de las personas, como asimismo siendo responsable ante acusaciones que puedan perjudicar el prestigio de personas jurídicas u órganos públicos, y que finalmente pueden resultar en un atentado al prestigio y honra de sus representantes legales y funcionarios.

De acuerdo a lo prescrito en el artículo 419 del Código Penal, las injurias leves se castigarán con las penas de reclusión menor en su grado mínimo y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales, cuando fueren hechas por escrito y con publicidad. Las aseveraciones de la denunciada fueron realizadas por escrito y con publicidad, por lo que estimamos que eventualmente podrían constituir el delito de injurias leves, ante lo que se ha solicitado realizar las diligencias necesarias a fin de determinar la presunta comisión del delito en comento, así como de cualquier otro delito que pudiere resultar acreditado durante dicha investigación.